Sábado 04 de febrero, 2012 - 627,458 visitas.   

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Reglamento

REGLAMENTO

ACADEMICO – DISCIPLINARIO

SECUNDARIA

La escuela "LICEO UNIVERSIDAD PEDRO DE GANTE", es una Institución Educativa basada en un Sistema de inspiración "Lasallista". El cual tiene como objetivo primordial, la formación integral de nuestros alumnos, promoviendo no solo el conocimiento científico, sino las virtudes humanas, morales y físicas. Logrando así alumnos preparados y sanos para el nuevo reto que nuestra sociedad, demanda para lo cual dividiremos el presente reglamento en los siguientes:

CAPÍTULOS.

I.  DE LAS AUTORIDADES

II. DE LOS ALUMNOS

III. DE LA MORALIDAD

IV. DE LA DISCIPLINA

V. DE LO ACADÉMICO

VI. DE LOS ESTÍMULOS Y SANCIONES

CAPITULO I.   DE LAS AUTORIDADES.

"LICEO UNIVERSIDAD PEDRO DE GANTE", en sus secciones de Secundaria y Preparatoria es una Institución Educativa incorporada a la Secretaria de Educación Cultura y Bienestar Social del Estado de México, como parte integral del grupo "LICEO UNIVERSIDAD PEDRO DE GANTE", se reconoce a las siguientes Autoridades:

a) CONSEJO ACADÉMICO

b) DIRECCIÓN

c) COORDINACIONES ACADÉMICA Y FORMATTVA

d) JEFES DE DEPARTAMENTOS

e) PROFESORES

CAPITULO II. DE LOS ALUMNOS

En conocimiento de que todo alumno es un ser social con el derecho de pertenecer a una comunidad escolar, con la autonomía que se merece, goce de sus derechos, cumpla con sus obligaciones que lo harán un ser responsable y disciplinado, además que como elemento activo, útil y eficaz ponga su conciencia, conocimientos y voluntad al servicio propio de la sociedad, con una mentalidad sana y triunfal.

"LICEO UNIVERSIDAD PEDRO DE GANTE" hace del conocimiento a Profesores, Padres de Familia y Alumnos de los derechos y obligaciones que nuestros Estudiantes tiene dentro de la Institución.

1. Se considera Alumnos (a) a toda persona que llenando los requisitos de inscripción, asista con regularidad a clase y participe en las actividades escolares.

2. Los Alumnos de LICEO tendrán derecho a una enseñanza de calidad y una formación integral, así como a los recursos humanos y materiales necesarios para cumplirlo.

3. Los Alumnos LICEO, se caracterizan por el cumplimento permanente  de   las  normas  que  el  presente  reglamento establece.

4. Los Alumnos LICEO, buscarán como objetivo primordial cumplir con todas las tareas, trabajos e investigaciones escolares y extraescolares que le sean encomendadas.

CAPITULO III. DE LA MORALIDAD

1. LICEO consciente de la trascendencia  que reviste una buena   educación   moral,   trabaja   permanentemente   un programa de enseñanza activa de valores éticos.

2. Los   Alumnos   LICEO   se   distinguirán   por   sus   buenas costumbres y respeto a la moral, autoridades y personal que labora en la Institución.

3. Los uniformes cívico y deportivo constituyen el símbolo de identidad Institucional, por lo que nuestros alumnos lo portaran con orgullo  y  respeto  dentro y fuera  de  la Institución.

4. La comunicación y expresión de los Alumnos demostrara siempre la  educación y buenos modales, dentro y fuera de la Institución.

5. La   presentación   personal   de   los   Alumnos   no   deberá desdecir de su calidad de estudiante varón o señorita.

CAPITULO IV. DE LA DISCIPLINA

1. La disciplina de nuestra Institución se fundamenta en la responsabilidad personal de cada uno de nuestros Alumnos, docentes y autoridades.

2. Los Alumnos asistirán puntualmente a sus labores escolares y actividades programadas.

3. El horario de las actividades académicas será le siguiente:

a.      Inicio 7:30 hrs. Los alumnos deberán presentarse 10 minutos antes del inicio de labores.

b.      Termino: 15:00 hrs. (salida).

Por ningún motivo podrá permanecer ningún alumno dentro de la Instalaciones de la Escuela después de las 15:30 hrs.

4. Los Alumnos deberán portar el uniforme correspondiente y completo no mezclándolo con otro tipo de prendas que no correspondan a el, así mismo lo deberá tener siempre limpio al igual que el calzado que corresponde a cada uno de ellos y sin rupturas, no se admitirá ningún tipo de modificaciones.

5. Los  varones   se   presentarán   con   un  corte   de  cabello correcto(corto), con las orejas descubiertas.

Las señoritas presentarán cabello sin tintes extravagantes o de "chica banda".

6. Las perforaciones y tatuajes permanentes representan un alto  riesgo  de  infección,  por  consiguiente  LICEO  no admitirá Alumnos que presenten estas características.

7. Los  Alumnos  presentarán  su  credencial  para  cualquier trámite que realicen en la Institución.

8. El Alumno de LICEO solo tendrá el material necesario que le soliciten los profesores dentro del salón de clases y de la Institución .LICEO no se hace responsable de la perdida del

material  no permitido ni solicitado (celulares, reproductores de discos compactos, etc).

9. No se permitirá ninguna manifestación de noviazgo dentro de la Institución.

10. Por ningún motivo los Alumnos podrán permanecer fuera del aula en horario de clase.

11. Para salir del LICEO en horario de labores será necesario un permiso por escrito por el Padre de Familia y con el visto bueno de la Dirección.

12. Toda ausencia deberá ser justificada por escrito y presentada a la dirección, esto no cancelará su falta.

13. Los inmuebles que voluntariamente o involuntariamente se destruyan o deterioren deberán ser reparados por el Alumno con la ayuda del Padre de Familia y se aplicara su respectiva sanción

14.    Siendo las Aulas el Templo del conocimiento, no se permitirá el acceso a esta, a Padres de Familia, amigos o conocidos, para evitar interrupciones.

15.    Cuando el Padre de Familia desee tratar algún asunto con el Profesor se deberá sacar cita en la Dirección.

16. Queda prohibido estrictamente fumar en las instalaciones del LICEO incluyendo sus estacionamientos y actividades extracurriculares.

CAPITULO V. DE LO ACADÉMICO.

1.   Los Alumnos deberán sujetarse al estudio de las asignaturas del programa oficial; así como lo establezca "LICEO".

2.   Los Alumnos deberán de tener el material didáctico requerido por los profesores.

3.  Los Alumnos de Secundaria en todo lo relacionado a los procesos de inscripción, evaluación y promoción se apegarán a lo establecido en las bases instructivas de la Secretaria de Educación Cultura y Bienestar Social del Estado de México.

4. Cada asignatura tendrá su evaluación correspondiente y será notificada mensual o bimestralmente por medio de un boletín.

5.   Deberán cumplir con los trabajos, tareas y actividades que señale el maestro de cada área y de cada taller. El aprovechamiento de los Alumnos se medirá a través de varios procedimientos tales como, trabajo diario, participación en clase, investigación, tareas, hábitos de trabajo, actividades, disposición del Alumno, habilidades y destreza adquiridos, exámenes escritos y la participación de Padres de Familia, esta última cuando requiera el profesor.

CAPITULO VI. DE LOS ESTÍMULOS Y SANCIONES.

Los Alumnos de la escuela "LICEO UNIVERSIDAD PEDRO DE GANTE" tendrán derecho a los siguientes estímulos que serán otorgados por su aplicación, disciplina y espíritu de colaboración.

"DIPLOMAS", se dará por:

Aplicación: A los tres primeros lugares en promedio del curso.

Esfuerzo: Al Alumno que no alcanzando los tres mejores promedios, haya realizado un gran esfuerzo por conseguirlo.

NOTA LAUDATORIA:   A  los  alumnos de  la Escuela  "LICEO UNIVERSIDAD PEDRO DE GANTE", que habiendo representado a la Institución, se distingan por este hecho o por alguna acción que beneficie a la misma, a la comunidad o a su(s) compañero(s). Las sanciones disciplinarias podrán ser:

a.      Llamada de atención verbal o escrita.

b.      Reporte.

c.       Entrevista con los Padres de Familia.

d.      Tarea extra o actividad especial.

e.      Negación temporal o completa para participar en actividades extra curriculares

f.      Suspensión temporal

g.      Suspensión definitiva, (baja).

Nota: Los casos no previstos en el presente reglamento se resolverán por el consejo académico de la Escuela “LICEO UNIVERSIDAD PEDRO DE GANTE”.

SECUNDARIA

BASES PARA LA EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO  ESCOLAR DEL ALUMNO.

1.      La evaluación del aprendizaje es permanente y da lugar a la formulación de calificaciones parciales.

2.      La   asignación de calificaciones parciales debe ser congruente   con las evaluaciones del aprovechamiento alcanzado por el educando, respecto a los propósitos de los programas de aprendizaje.

3.      La escala oficial de calificaciones es numérica del 5 al 10.

4.      Las calificaciones parciales se asignan con números enteros en 5 momentos del año lectivo; al final de los meses de Octubre, Diciembre, Febrero, Abril y en la última quincena del año escolar.

5.      La calificación final de cada asignatura se obtiene al sumar las calificaciones parciales respectivas y dividir el resultado entre 5, por ser éste el número de calificaciones parciales. Esta se debe registrar con un número entero y una cifra decimal, no se debe redondear. La calificación mínima aprobatoria es 6.0.

6.      El promedio general anual se obtiene al sumar las calificaciones finales de todas las asignaturas y dividir el resultado entre el número de estas. Al anotar este promedio se debe utilizar un número entero y una cifra decimal, no se debe redondear.

7.     En las boletas de evaluación de los alumnos que haya reprobado alguna asignatura al final del curso, no se registrará el promedio general y se cancelaran los espacios respectivos con una línea diagonal.

BASES PARA LA REGULARIZACION DEL DESEMPEÑO ESCOLAR DEL ALUMNO

PRIMERA. Los exámenes extraordinarios de regularización se aplicarán para las asignaturas cursadas y no acreditadas, en el plan de estudios vigente o planes abrogados.

SEGUNDA.  Los alumnos sujetos de regularización podrán presentar   los   exámenes   extraordinarios   en  la   escuela   de procedencia o en la que pretendan reinscribirse.

TERCERA. Existen tres periodos de regularización para los alumnos y ex alumnos irregulares, los cuales se realizarán durante los meses de Agosto, Septiembre y Febrero.

CUARTA. La aplicación de exámenes y la expedición de constancia   de   exámenes   de  regularización  se   sujetan   al calendario establecido por la Secretaria de educación cultura y

bienestar social.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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