| Reglamento |
REGLAMENTO
ACADEMICO – DISCIPLINARIO
JARDIN DE NIÑOS
La Escuela Preescolar del Liceo Universidad Pedro de Gante es una institución educativa con sistema de inspiración “Lasallista” incorporada oficialmente con clave Estatal 0611BJPAUM0327, clave Federal 1596540, y C.C.T. 15PJN0789Z, tendrá como finalidad primordial la formación integral de nuestros alumnos, promoviendo no sólo el conocimiento científico, sino las virtudes humanas y morales considerando lo siguiente:
Capítulo I. De las Autoridades
Capítulo II. De los Alumnos
Capítulo III. De la Moralidad
Capítulo IV. De la Disciplina
Capítulo V. De lo Académico
Capítulo VI. De los Estímulos y Sanciones
Capítulo VII De la Administración
Capítulo VIII De becas
Capítulo I. De las Autoridades:
Liceo Universidad Pedro de Gante sección preescolar es una institución educativa incorporada a la Secretaría de Educación, Cultura y Bienestar Social del Estado de México y reconocerá como autoridades de la misma las siguientes:
1. Consejo Académico.
2. Dirección.
3. Coordinación Académica Inglés.
4. Jefes de Departamentos.
5. Profesores.
Capítulo II. De los Alumnos:
1. Se considera alumno a toda persona que llenando los requisitos de inscripción, asista con regularidad a clases y participe en las actividades escolares.
2. Tienen derecho a una enseñanza tanto informativa como formativa.
3. Pondrán aclarar sobre sus evaluaciones y calificaciones, así como su desenvolvimiento diario en el trabajo, bajo previa cita.
4. Tienen obligación de cumplir con todos sus trabajos, actividades escolares y extraescolares que nuestra institución señale como obligatorios.
Capítulo III. De la Moralidad:
1. Las faltas a la moral y buenas costumbres, de respeto a directivos, profesores, compañeros así como violencia física o verbal, serán sancionadas de acuerdo a la gravedad, y conforme lo establecido en el capítulo VI.
2. Los alumnos del Liceo se caracterizarán por su moral, buenas costumbres y respeto a compañeros, personal, profesores, directivos y a la Nación.
3. Los alumnos del Liceo al portar el uniforme siempre observarán una conducta decorosa dentro y fuera de la institución.
4. El lenguaje característico del alumno Liceo será en todo momento conforme lo establecen las normas de urbanidad.
5. Los malos ejemplos a compañeros causarán un grave perjuicio en la relajación de nuestra disciplina por lo cual de imitarlo otro alumno aumentaría la sanción.
Capítulo IV. De la Disciplina:
1. La disciplina del liceo se fundamenta en el autoconocimiento, autoaceptación y autoresponsabilidad para consigo mismo y su entorno.
2. Los alumnos del Liceo respondiendo a la formación disciplinaria asistirán puntualmente tanto a las labores escolares como a las actividades extraescolares programadas.
3. El horario de inicio de clases del Liceo será a las 9:00 hrs. Por lo que los alumnos deberán presentarse 10 minutos antes para así recibir toda la información formativa e informativa que regirá la jornada.
4. El horario de término de clases será a las 13:30 hrs.
5. Los alumnos Liceo portarán los uniformes cívico y deportivo según lo establece los horarios de clase.
6. Los alumnos de Liceo se presentarán correctamente aseados los niños cabello corto, las niñas bien peinadas.
7. Los alumnos Liceo portarán en todo momento la credencial que los acredite como estudiantes de esta institución con el sello de pago al corriente, así como presentarla para cualquier trámite.
8. Los alumnos Liceo se presentarán a la institución exclusivamente con el material solicitado por la misma. Liceo no se hace responsable de la perdida del material no solicitado (juguetes y accesorios, etc.)
9. Los alumnos Liceo llegarán a la institución con aquellos alimentos promovidos por sus padres y los consumirán exclusivamente a la hora de lunch.
10. Una vez iniciadas las clases los alumnos Liceo asistirán a todas y c/u de las actividades programadas.
11. Los alumnos Liceo que por programa educativo o necesidad familiar requieran retirarse de la institución durante el horario de labores requerirán por escrito del padre o tutor con el visto bueno de la dirección.
12. La inasistencia de los alumnos Liceo deberá ser justificada por escrito y entregada a la dirección de la institución, y el padre o tutor se encargara de pasar por el trabajo de ese día para que el alumno este al corriente en el ámbito Académico.
13. Los inmuebles que voluntariamente o involuntariamente se destruyen o deterioren deberán ser reparados por el alumno con ayuda del Padre de Familia con la sanción respectiva, en el caso de ser voluntario.
14. Para recoger a los alumnos es necesario que la persona autorizada presente la tarjeta de identificación Liceo o previo aviso. No se le permitirá retirar al alumno a quien no esté autorizado en la tarjeta de identificación.
15. Ningún padre de familia queda autorizado para pasar a las aulas en hora de clase a tratar asunto alguno.
16. Cuando el padre de familia requiera hablar con el Profesor (a) y/o Director (a), se solicitará previa cita, con la secretaria del nivel.
Capítulo V. De lo Académico:
1. Todo alumno Liceo se presentará desde el primer día de clases con el material didáctico completo requerido por las diferentes academias.
2. Las fechas de evaluación serán informadas en el calendario institucional.
3. Los alumnos Liceo cumplirán con los trabajos y las tareas indicadas por sus maestros.
4. El aprovechamiento de los alumnos se medirá a través de varios procedimientos tales como: trabajo diario, participación en clase, tareas, hábitos de trabajo actividades, habilidades y destreza adquiridos.
Capítulo VI. De Estímulos y Sanciones:
1. Los alumnos recibirán según sus actividades académicas, sociales y /o deportivas reconocimientos, diplomas.
2. Las sanciones podrán ser:
- Reportes.
- Tareas o actividad especial.
- Retiro de beneficios.
- Negociación temporal o completa para participar en actividades extra-cocurriculares.
- Suspensión temporal.
- Suspensión o baja definitiva.
Capítulo VII. De la Administración:
1. Los padres de familia o tutores recibirán antes de terminar los ciclos o periodos correspondientes las modificaciones a las cuotas de toda índole que deberán de cubrirse en el siguiente ciclo escolar.
2. Las cuotas de colegiaturas serán cubiertas en los plazos que se indicaron en la ficha de inscripción.
3. Conforme al artículo 7° del acuerdo que rige los servicios educativos que imparten los particulares: el alumno que deje de cubrir tres colegiaturas se le considera dado de baja.
4. El alumno deberá cubrir las cuotas de aquellos servicios adicionales tales como, cursos especiales, reposición de credenciales, etc.
Los pagos de colegiatura deberán hacerse en la institución bancaria que la administración indique, número de cuenta personal (número de RAP), deberá canjear posteriormente en el departamento de caja por el recibo formal correspondiente.
Capítulo VIII. De Becas:
1. El Liceo Universidad Pedro de Gante ofrece a los alumnos y padres de familia 4 diferentes tipos de beca interna, además de cumplir con las becas oficiales, como estímulo a la educación de la comunidad estudiantil Liceo.
2. Para solicitar una beca el solicitante deberá atender en tiempo y forma las indicaciones publicadas en las convocatorias correspondientes y deberá adquirir la solicitud para la misma, en el departamento de caja junto con el reglamento de becas llevar a cabo los tramites en la Dirección correspondiente.
3. El padre de familia deberá de firmar de conocimiento todas y cada una de las cláusulas del reglamento, de no hacerlo se dará por aceptadas todas ellas.
Nota: Los casos no previos en este reglamento los atenderá el Consejo Técnico del Liceo Universidad Pedro de Gante.
